Concepto

Las rotaciones externas son los periodos formativos que llevan a cabo los residentes en centros y dispositivos no previstos en el programa de formación ni en la acreditación otorgada al centro o unidad docente.

El Sistema Riojano de Salud y las Unidades Docentes de La Rioja mantienen excelentes relaciones con los sistemas y unidades de otras regiones, persiguiendo poder ofrecer a nuestros residentes las mejores opciones formativas disponibles. Por tanto, en caso de considerarse que la rotación externa supone una mejora formativa, contando siempre con la opinión de los tutores correspondientes y cumpliendo con la normativa en este área, se facilitan y promueven al máximo las estancias en otros centros sanitarios.

Requisitos

Podrán ser autorizadas las rotaciones externas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Deben ser propuestas por el tutor del residente a la comisión de docencia y contar con la conformidad de ésta.
  • Deben de tener por objeto la ampliación de conocimientos o el aprendizaje de técnicas no practicadas en el centro o unidad y que, según el programa de formación, sean necesarias o complementarias del mismo.
  • Deben realizarse preferentemente en centros acreditados para la docencia o en centros nacionales o extranjeros de reconocido prestigio.
  • No deben superar, para un residente, los 4 meses continuados dentro de cada periodo de evaluación anual.
    En el conjunto del periodo formativo no podrán superar:
    • 12 meses para especialidades de duración igual o superior a 4 años
    • 7 meses para especialidades de duración igual o superior a 3 años
    • 4 meses para especialidades de duración igual o superior a 2 años
  • Deben de contar con la conformidad expresa de la comisión de docencia de destino.
  • Debe de existir un compromiso expreso de la Gerencia del centro de origen a continuar abonando al residente la totalidad de sus retribuciones, incluidas las derivadas de la atención continuada que realice durante la rotación externa.

Procedimiento

  1. Las solicitudes de rotaciones externas, propuestas por el tutor a la comisión de docencia, se dirigiran a la Direccion General de Recursos Humanos
  2. Se presentaran los siguientes documentos originales:
    • Solicitud de la rotación, a propuesta del tutor y debidamente justificada
    • Documento de aceptación o conformidad de la comisión de docencia de origen
    • Documento de aceptación o conformidad de la comisión de docencia de destino
    • Aceptación y compromiso de la Gerencia del centro de origen de continuar abonando al residente la totalidad de sus retribuciones, incluidas las derivadas de la atención continuada que realice durante la rotación externa.
  3. Las solicitudes de rotaciones externas deberán ser presentadas con una antelación mínima de tres meses y máxima de seis meses a la fecha de su inicio, junto con los documentos arriba señalados.
  4. Si alguno de los anteriores documentos no estuviera disponible a esa fecha se deberá comunicar a la Dirección General de Recursos Humanos la causa justificativa de la demora y remitirse posteriormente, siempre con una antelación no inferior a un mes a la fecha de inicio de la rotación externa.
  5. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, si la documentación aportada no reúne todos los datos que se exigen, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe el documento correspondiente, con el apercibimiento de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada al efecto.

Autorización y evaluación

Las rotaciones externas deberán ser autorizadas por el Director General de Recursos Humanos.

El centro donde se haya realizado la rotación externa emitirá el informe de evaluación correspondiente, siguiendo los mismos parámetros que en las rotaciones internas previstas en el programa formativo, siendo responsabilidad del residente el traslado de dicho informe a la Comisión de Docencia de origen para su evaluación en tiempo y forma.

Las rotaciones externas autorizadas y evaluadas, además de tenerse en cuenta para la evaluación formativa y anual, se inscribirán en el libro del residente.