Tarjeta sanitaria individual


¿Qué es?

La Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) es el documento que le identifica como asegurado del Sistema Público de Salud de La Rioja. Es un documento personal e intransferible que garantiza a los ciudadanos el acceso a los centros, servicios y prestaciones del sistema sanitario público.

¿Para qué sirve?

Facilita la identificación de forma rápida y correcta gracias al Código de Identificación Personal.

Ayuda a que la prestación sea más ágil en las oficinas de farmacia..



Prestaciones farmacéuticas

Una de las prestaciones del sistema sanitario público es la financiación de ciertos medicamentos. Cuando vaya a la farmacia,  debe llevar la Tarjeta Sanitaria Individual. Para adquirir los medicamentos financiados es imprescindible presentar la Tarjeta Sanitaria Individual de la persona a nombre de la cual se hayan emitido las recetas. No se pueden recoger medicamentos recetados a otras personas si no van acompañados de su correspondiente Tarjeta Sanitaria Individual.

 

 

Desplazamientos dentro del Espacio Económico Europeo

La Tarjeta Sanitaria Individual  no tiene validez fuera del territorio nacional. En el caso de desplazamiento y para estancias temporales (menos de 3 meses) a países del Espacio Económico Europeo y Suiza (Unión Europea más Islandia, Liechtenstein y Noruega) los ciudadanos permanecen asegurados bajo la cobertura sanitaria pública del país receptor. Los ciudadanos deben llevar consigo la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) que la emite otra entidad.

 

Solicite su Tarjeta

La Tarjeta Sanitaria Individual se emite de forma gratuita a todos los ciudadanos. Puede solicitarla en su Centro de Salud o contactar con Salud Responde 941 29 83 33

Recuerde: la Tarjeta Sanitaria Individual no tiene validez fuera del territorio nacional, consulte la información a cerca de la Tarjeta Sanitaria Europea.

Tarjeta sanitaria europea


¿Qué es?

La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento que le acredita como asegurado del sistema público de salud y le da derecho a recibir asistencia sanitaria pública en sus desplazamientos temporales (menos de 3 meses) por el Espacio Económico Europeo.

Esta tarjeta es individual y es emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La Tarjeta Sanitaria Europea NO sirve si el motivo del desplazamiento es el de recibir un tratamiento médico específico en otro país.

Cómo obtenerla

La TSE se puede solicitar en cualquier Oficina de Atención e Información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Para saber cual es la oficina del INSS más cercana a su domicilio puede llamar al teléfono de información del INSS 900 16 65 65 o visitar su página web.

En caso de necesitar asistencia sanitaria en el país europeo que esté visitando deberá presentar su TSE junto con un documento acreditativo de su identidad (DNI, pasaporte, etc.)

Periodo de validez

La TSE tiene una validez de 2 años naturales

Más información

Para más información sobre la TSE puede llamar al teléfono del información del INSS 900 16 65 65, o visitar su página web.

Si Ud. va a viajar a un país no comunitario, consulte si existe acuerdo sanitario con ese país en el mismo teléfono.

Plataforma de solicitud de la Tarjeta Sanitaria Europea

Plataforma informativa de la Tarjeta Sanitaria Europea

Tarjeta AA


El objetivo principal de las medidas puestas en marcha por el Sistema Riojano de Salud es garantizar el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos. Y para ello, el ciudadano debe situarse en el centro del sistema, como eje vertebrador de cualquier actuación sanitaria y social.

En ocasiones, las estructuras existentes, junto con las limitaciones de las personas para comprender determinadas situaciones y comunicar lo que les afecta, suponen una importante barrera que dificulta el acceso normalizado a los servicios sanitarios.

Y en el caso de la atención a ciertas enfermedades o patologías pueden producir situaciones en que las consultas médicas o las urgencias pueden parecer un entorno confuso y hostil.

Por ello, el Sistema Riojano de Salud pone en marcha una nueva herramienta que refleja la apuesta por el paciente como elemento vertebrador del sistema: la nueva “Tarjeta Sanitaria AA”.

La “Tarjeta Sanitaria AA” nace con el objeto de facilitar la accesibilidad a determinados servicios sanitarios de los pacientes riojanos diagnosticados de ciertas patologías, así como de sus acompañantes.

1. La tarjeta sanitaria con el distintivo “AA” supone para el portador de la misma:

  • Que podrá estar acompañado permanentemente por sus familiares o cuidadores en la unidad asistencial correspondiente. El acompañamiento permanente comprende la espera, la consulta o el acto médico, siempre que la situación clínica lo permita y pueda contribuir a la colaboración del paciente.
  • Que su acceso a la consulta se ajustará lo máximo posible al horario de cita fijado, reduciéndose su espera entre la llegada al centro y el momento de su atención.

En los casos de asistencia programada, se procurará que la atención se ajuste al máximo a la hora indicada para la cita. En los supuestos de asistencia en servicios de urgencia se procurará una mínima espera en la atención, siempre que las circunstancias sanitarias globales que concurran en ese momento en el centro sanitario lo permitan.

2. Las tarjetas sanitarias con el distintivo “AA” se expedirán a aquellas personas que siendo aseguradas, asistidas o beneficiarias presenten cualquiera de las siguientes patologías:

  • Demencia con un nivel de afectación cognitivo al menos moderado y/o trastorno de conducta.
  • Discapacidad intelectual grave y profunda o con trastorno de conducta.
  • Discapacidad con trastorno de comunicación grave.
  • Trastorno del espectro autista con trastornos de conducta.
  • Trastorno mental crónico con grave déficit del funcionamiento psicosocial.
  • Sordoceguera.

3. Las tarjetas sanitarias con el distintivo “AA” surtirán los efectos señalados en los siguientes centros y servicios:

  • Centros de Salud y/o consultorios de Atención Primaria.
  • Consultas Externas de centros hospitalarios.
  • Servicios de Urgencias, tanto de Atención Primaria como Especializada, siempre condicionado a la prioridad clínica de los pacientes.

4. El procedimiento general para obtener la tarjeta sanitaria “AA” será el siguiente:

  • Los pacientes que presenten cualquiera de las patologías señaladas, por sí o por medio de representante debidamente acreditado, podrán solicitar la emisión de la “tarjeta AA” cumplimentando el modelo de solicitud.
  • Con la solicitud cumplimentada, el paciente o su representante acudirá al Médico de Atención Primaria que tenga asignado para que, previa comprobación de su historia clínica, confirme que reúne los requisitos específicos.
  • En los supuestos en que el diagnóstico de la enfermedad y/o patología del paciente no conste en su historia clínica, el interesado o su cuidador deberá consultar al especialista correspondiente para que acredite, si así fuera, que la enfermedad y/o patología que padece el paciente está incluida en el ámbito de aplicación de esta Instrucción.
  • Una vez comprobado diagnóstico de la enfermedad y/o patología del paciente, el Médico de Atención Primaria o Especialista, según los casos, completará el modelo de solicitud con su informe, estampando su sello y su firma.
  • La solicitud informada favorablemente será entregada por el paciente o familiar en el mostrador de Admisión del Centro sanitario correspondiente, desde donde se derivará a la unidad de tramitación de tarjeta sanitaria. Este servicio procederá a la emisión de una nueva tarjeta con el distintivo “AA” y se la remitirá al paciente a la dirección que haya indicado en su solicitud.

5. La solicitud informada favorablemente será entregada por el paciente o un familiar en el mostrador de Admisión del Centro sanitario correspondiente, desde donde se realizarán las gestiones necesarias para la emisión de una nueva tarjeta con el distintivo “AA” y se le remitirá al paciente a la dirección que haya indicado en su solicitud.

Descarga de la solicitud

Atención Sanitaria a extranjeros en situación irregular

La Comunidad de La Rioja sigue las indicaciones marcadas en el Real Decreto 7/2018 sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud, la Resolución de 20 de junio de 2019 de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia por la que se hacen públicas las Recomendaciones para el procedimiento y solicitud, registro y expedición del documento certificativo que acredita a las personas extranjeras que encontrándose en España no tengan residencia legal en territorio español, para recibir asistencia sanitaria.

Requisitos necesarios

  • Solicitud en el modelo al efecto
  • Copia de pasaporte o documento identificativo del país de origen (con foto)
  • Empadronamiento en cualquier municipio de España por un mínimo de 3 meses anteriores a la solicitud