Plataformas on line para el alquiler de viviendas o habitaciones

En los últimos años ha aumentado enormemente la planificación de viajes a través de internet. Así, han aparecido un buen número de operadores on-line que intermedian entre quien desea un alojamiento y quien lo ofrece, ya sean de simples habitaciones hasta pisos o casas completas.

La primera ventaja que se encuentra es la económica porque esta forma de alquilar es más barata que los tradicionales hoteles, hostales, apartamentos, etc. A lo anterior, hay que añadir la amplia oferta que podemos encontrar en la red, ya sea de tipo de alojamiento como ubicación. Para muchos usuarios otra ventaja que destacan es el contacto con los propietarios de las viviendas que viven en la propia casa que se alquila o en las proximidades.

Dada la práctica falta de regulación de estos alojamientos (se está comenzando a actuar por parte de algunas CCAA y Ayuntamientos), es preciso que tengamos unas mínimas precauciones a la hora de contratar:

  1. El contrato se formaliza entre dos particulares, actuando el operador on-line como un mero intermediario que no se responsabilizará de los incumplimientos que se produzcan. Es muy importante leer detenidamente las condiciones del servicio que nos prestan porque en caso de conflicto habría de dilucidarse en los tribunales de justicia y conocer qué tipo de plataforma nos lo ofrece, sobre todo que esté identificada con su sede social y CIF y que en la página web aparece el “candado” con la dirección “https” ya que eso nos dará más seguridad en el pago.
  2. Verificar si el alojamiento es más conveniente que otras alternativas tradicionales como el hotel o similares, sobre los que si se podría interponer una reclamación ante Turismo o Consumo (según proceda). Muy importante es que con anterioridad a pagar cualquier cantidad, comprobar que lo que se oferta coincide, tanto en su precio como en sus características, con la realidad. Herramientas como Google Maps o Street Wiew nos serán muy útiles para conocer acerca de su ubicación, vistas, etc.
  3. Intentar conocer opiniones de clientes sobre la valoración de lo que se pretende alquilar, aunque en ocasiones estas opiniones tanto favorables como desfavorables las introducen anónimos que tienen intereses, ya sea la propiedad o la competencia.
  4. Antes de ocupar el alojamiento comprobar el estado en que se encuentra el mobiliario, electrodomésticos y demás accesorios para, en caso de defectos, comunicárselo al propietario para evitar que al finalizar el alquiler nos imputen las deficiencias a nosotros.

Apartamentos turísticos

A diferencia de otras alternativas de alojamiento detalladas anteriormente, los apartamentos turísticos están regulados por las Comunidades Autónomas en su legislación turística.

En términos generales se pueden definir como compuestos por un conjunto de unidades de alojamiento que son comercializadas en común por un mismo titular. Tienen que estar dispuestos para su inmediata ocupación y contar con el mobiliario y las instalaciones adecuadas para la conservación, elaboración y consumo de alimentos y bebidas dentro de cada unidad de alojamiento. Por otro lado, tendrán la consideración de empresas explotadoras de este tipo de alojamiento las personas físicas o jurídicas --propietarias o no de los mismos--, que permitan a los usuarios el uso o disfrute ocasional de los apartamentos, de manera habitual y profesional. Además, deben constar como tales en el Registro de Turismo de la Comunidad donde se ubiquen.

Se presume que un servicio de alojamiento de este tipo es habitual cuando se ofrece a los usuarios a través de cualquier medio de difusión o publicitario, o bien cuando se facilita alojamiento en una o más ocasiones dentro del mismo año por tiempo que, en conjunto, excede de un mes. 

En estos casos cualquier problema que pueda surgir se puede reclamar ante los organismos de Turismo o de Consumo, según proceda ya que al tratarse de empresas dedicadas a la actividad comercial de alquiler de apartamentos, han de cumplir una serie de requisitos para no conculcar los derechos del consumidor.

En cuanto a las precauciones que hay que tener no difieren mucho de las comentadas en el apartado anterior añadiendo que en este caso en la documentación que se nos haga o contrato que firmemos ha de indicarse la razón social y la sede social de la empresa con la que contratamos. Especialmente el cliente de este tipo de apartamentos ha de verificar el estado del apartamento en el momento de la llegada al mismo y al finalizar el alquiler, comunicando al empresario cualquier anomalía que detecte respecto a lo contratado, ya sea en lo relativo a las condiciones económicas como en las prestaciones o características.

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