La Directiva 92/75/CEE definió y estableció el etiquetado energético y ha sido reemplazada por la Nueva Directiva Marco 2010/30/UE, en vigor desde junio del año 2010.

La etiqueta energética de la Unión Europea se ha diseñado para proporcionar a los consumidores información precisa, reconocible y comparable sobre los electrodomésticos relativa al consumo de energía, rendimiento y otras características esenciales. Se permite a los consumidores identificar lo eficiente en el uso de la energía que es realmente un producto y evaluar el potencial de un producto para reducir los costes de energía.

Introduce un nuevo diseño de la etiqueta energética que ha mantenido, no obstante, sus características de aspecto uniforme y sencillo en las diferentes categorías de producto.

Los elementos básicos de la etiqueta, que la hacen fácilmente reconocible, permanecen en el nuevo diseño:

  • La escala de clasificación
  • Siete clases energéticas
  • Colores de verde oscuro (alta eficiencia energética) a rojo (baja eficiencia energética)

Se han añadido ahora nuevos elementos adicionales comunes a todas las categorías de producto para destacar los productos con mejores características y el progreso técnico:

  • Se pueden añadir hasta tres clases adicionales, A+, A++ y A+++, a la actual escala de clasificación desde A hasta G.
  • La nueva etiqueta será uniforme en los 27 Estados Miembros de la Unión Europea.
  • La nueva etiqueta será independiente del idioma ya que los textos se sustituirán por pictogramas que informan a los consumidores sobre las características de un determinado producto.
  • Cada producto individual se suministrará con la nueva etiqueta completa. La práctica actual en muchos países de proporcionar la base y la tira de datos por separado se abandonará.
  • La declaración de ruido será obligatoria para los productos en los que el ruido es un criterio relevante.
  • Aparecen nuevas obligaciones en materia de publicidad y material promocional.
  • Inclusión del etiquetado en la venta no directa: La legislación señala la información que se debe incluir cuando los electrodomésticos se venden por Internet, venta por catálogo o cualquier otro medio que no permita al usuario conocer los datos de la etiqueta, para que con esta información pueda conocerlos.
  • Clase de eficiencia energética en la publicidad de los productos: desde el año 2012, la clase de eficiencia energética y el consumo energético deben figurar en los materiales de promoción y publicitarios.

Responsabilidad de los proveedores (fabricantes)

  • Suministrar con cada electrodoméstico una etiqueta y una ficha conforme lo dispuesto en la Directiva y el Reglamento correspondiente.
  • La publicidad que ofrezca información sobre el consumo o el precio de la energía de un producto deberá incluir una referencia a la clase de eficiencia energética del producto.
  • Cualquier material promocional técnico acerca de un modelo específico que describa sus parámetros técnicos deberá incluir la clase de eficiencia energética de ese modelo.
  • Los proveedores serán responsables de la exactitud de los datos que firmen en las etiquetas y fichas que proporcionen.

Responsabilidad de los suministradores

  • Deben exhibir para cada producto en el punto de venta las etiquetas de modo visible para el público.
  • Cuando los productos se pongan en venta, alquiler, alquiler con derecho a compra, por correo, catálogo, Internet o cualquier otro medio, deben ofrecer toda la información que se especifique en la etiqueta y en la ficha del producto.
  • Los anuncios de un modelo específico que contengan información sobre el consumo o el precio de la energía, deben incluir la clase de eficiencia energética del modelo.
  • Cualquier material promocional técnico sobre el modelo específico debe incluir la clase de eficiencia energética del modelo.
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