El cambio de compañía de telefonía conservando el número habitual (portabilidad) es un derecho que asiste a los consumidores. Para ello, deben solicitar la portabilidad de su línea directamente en la nueva compañía con la que desee contratar, que es quién se encargará de solicitar la línea a su anterior operador. Esta solicitud implicará la baja con su antigua compañía.

La solicitud de portabilidad puede realizarse por escrito o de manera telefónica y sólo puede ser denegada por la antigua operadora en los siguientes casos:

  • Cuando haya, además, un cambio de domicilio.
  • Por datos incompletos o erróneos.
  • Por existir otra solicitud de portabilidad en curso para el mismo número.
  • Por imposibilidad técnica.
  • Por causas de fuerza mayor.

La portabilidad de la línea de telefonía implica, además, la baja de todos los servicios asociados a la línea portada.

En caso de mantener un compromiso de permanencia con la anterior compañía, se puede realizar la portabilidad de la línea. En este caso, la antigua compañía podrá facturarle un cargo por incumplimiento de compromiso de permanencia siempre y cuando esté previsto en el contrato.

Los costes derivados del proceso de portabilidad deberán ser sufragados por cada operador; y no darán derecho a contraprestación económica alguna por parte del consumidor.

Cancelar una portabilidad en plazo no tiene coste

Tanto las compañías de telefonía como los establecimientos que comercialicen sus productos no pueden cobrar cantidad alguna por la cancelación del proceso de portabilidad.

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