Protección de la seguridad de los consumidores

Desde que se adoptaron las primeras medidas destinadas a los consumidores en 1975, la Unión Europea (UE) no ha cejado en su empeño de asegurar un elevado nivel de protección para la salud y la seguridad de todos los consumidores de la UE, desde la fabricación del producto hasta su uso final en el hogar.

  • SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS: Según las normas de la UE en este ámbito, en el mercado de la UE solo pueden comercializarse aquellos productos que sean seguros. En muchas categorías de productos las normas de la UE exigen el marcado «CE» de conformidad, con el cual el fabricante declara haber comprobado que el producto se ajusta a los criterios esenciales de seguridad de la UE y cumple todos los requisitos pertinentes.
  • Las normas de seguridad de los productos a menudo se amplían o se adaptan para incluir nuevos productos o tener en cuenta nuevos datos científicos. Por ejemplo, en 2011, se introdujeron nuevos requisitos europeos de seguridad para los reproductores de música personales con el fin de reducir el riesgo de pérdida auditiva vinculado a niveles de sonido excesivos.
  • Entre las normas de seguridad de los productos de la UE que realmente han supuesto un antes y un después en Europa cabe citar, entre otras, las relativas a los juguetes, los aparatos eléctricos y los vehículos.
  • Los juguetes que se adquieren en Europa se encuentran entre los más seguros del mundo.
  • Las normas de seguridad eléctrica de la UE garantizan que todos los equipos eléctricos de baja tensión sean seguros para su uso previsto.
  • Por último, las muertes por accidentes de tráfico en la UE han disminuido un 43 % desde 2001, debido en parte a la introducción de nueva legislación europea sobre las normas de protección en caso de accidente..
  • SEGURIDAD ALIMENTARIALa legislación de seguridad alimentaria de la UE garantiza a los consumidores un alto nivel de protección para todos los alimentos y productos alimenticios que se venden en la UE, en todas las etapas de su producción y distribución. Vigila la higiene de los alimentos, la salud y el bienestar de los animales, la salud de las plantas y el riesgo de contaminación de los alimentos. La legislación de la UE abarca también sustancias como los aditivos alimentarios.
  • PRODUCTOS COSMÉTICOS: La UE garantiza la seguridad de los productos cosméticos mediante el establecimiento de normas comunes sobre su composición, etiquetado y envasado. Estas se ampliaron en 2013, con lo que se puso fin a los ensayos de productos cosméticos con animales y a la comercialización de estos productos en la UE.

Protección de los derechos de los consumidores

La legislación de la UE también protege a los consumidores contra numerosas prácticas comerciales deshonestas y lo hace a través de las siguientes medidas:

  • PROHIBICIÓN DE LAS TÉCNICAS AGRESIVAS DE VENTA: La publicidad engañosa y las prácticas comerciales desleales, como las técnicas agresivas de venta, están prohibidas en la UE desde 2005. Esto significa que no se permiten los costes ocultos, las trampas, las alegaciones falsas, la información engañosa o la publicidad dirigida a los niños.
  • CONTRATOS A DISTANCIA: La legislación de la UE protege a los consumidores cuando adquieren un producto o contratan un servicio a distancia por correo o internet. También garantiza que reciban suficiente información antes de la compra, reconoce su derecho a desistir del contrato en el plazo de 14 días laborables sin consecuencias ni sanciones ni dar ninguna explicación, y les protege contra la utilización fraudulenta de las tarjetas de pago.
  • REPARACIÓN DE PRODUCTOS: Las normas de la UE establecen la protección jurídica de los consumidores en caso de que los bienes adquiridos sean defectuosos o diferentes de los anunciados. Todos los productos a la venta están cubiertos por una garantía de dos años.
  • SOLUCIÓN DE LITIGIOS: Si los consumidores tienen problemas con un comerciante en relación con los productos adquiridos o los servicios prestados, la normativa de la UE establece la posibilidad de solucionarlos sin tener que acudir a la vía judicial por medio de los mecanismos de resolución alternativa de litigios. Se trata de procedimientos rápidos y de bajo coste que suelen ser mucho más simples que acudir a los tribunales. En 2016 la UE dispondrá de una nueva plataforma digital que ofrecerá a los consumidores un servicio de ventanilla única para resolver los litigios sobre compras transfronterizas por internet, enteramente en línea.
  • DEMANDAS DE ESCASA CUANTÍA: El procedimiento de la UE para las demandas de escasa cuantía está disponible desde 2009 y se aplica a todos los litigios transfronterizos en asuntos civiles y mercantiles en los casos de demandas que no superen los 2000 euros. No es preciso contratar los servicios de un abogado y las decisiones adoptadas en el marco de este procedimiento se reconocen y son ejecutables en cualquier país de la UE. La Comisión ha propuesto revisar las normas para que el procedimiento sea aún más eficaz, entre otras cosas, aumentando el límite hasta 10000 euros.

Vigilancia del mercado y ejercicio de los derechos de los consumidores

Vigilar el mercado y velar por que se cumplan las normas en materia de consumidores son aspectos importantes de la política de los consumidores de la UE. En 2011, los países de la UE gastaron más de 100 millones de euros en hacer cumplir la legislación sobre la seguridad de los productos y emplearon a más de 5 600 inspectores.

La red de Cooperación para la Protección de los Consumidores enlaza a las autoridades nacionales de todos los países de la UE para detectar, investigar y detener las prácticas comerciales transfronterizas ilegales. También facilita que los países de la UE puedan abordar juntos las infracciones de la legislación en materia de consumo.

Protección de los intereses financieros de los consumidores

Los servicios financieros tienen un impacto muy significativo en la vida de los consumidores. Las normas de la UE protegen los intereses de los consumidores al garantizar un alto grado de transparencia en este sector e información clara y completa sobre los productos financieros disponibles en el mercado.

  • CONTRATOS DE CRÉDITO AL CONSUMOLas normas sobre el crédito al consumo garantizan, entre otras cosas, lo siguiente:
  • los consumidores gozan de una serie de derechos al suscribir contratos de crédito por valor de 250 a 75 000 euros;
  • los consumidores deben recibir información clara en un formato normalizado para toda la UE a su debido tiempo y antes de la celebración del contrato;
  • cuando haya un tipo deudor, debe indicarse siempre la tasa anual equivalente (TAE);
  • el consumidor debe recibir, antes de la firma del contrato, información sobre todos los costes y sobre las condiciones en las que queda vinculado al prestamista;
  • el consumidor tiene derecho a desistir del contrato de crédito en un plazo de 14 días a partir de la firma, sin necesidad de indicar los motivos;
  • el consumidor puede reembolsar el crédito anticipadamente y cualquier compensación solicitada por el prestamista debe ser justa y estar justificada objetivamente.
  • SERVICIOS DE INVERSIÓNLas inversiones de los consumidores cuentan con distintos niveles de protección. Así, existen normas europeas que garantizan que los productos de inversión a la venta sean adecuados para los consumidores; por ejemplo, el nivel de riesgo de estos productos no debe ser excesivo.

Para los productos destinados normalmente a pequeños inversores, como algunos tipos de fondos de inversión, existen normas específicas adicionales que regulan cómo deben venderse. Por ejemplo, la información debe ser clara y concisa y debe proporcionarse en un formato normalizado que permita a los consumidores comparar distintos productos.

  • SERVICIOS DE SEGUROS Y PENSIONES: Ya existen normas sobre la regulación de los servicios de seguros, pero se están revisando con el fin de aumentar la transparencia de la información a los consumidores y las prácticas de venta de estos productos. Por otra parte, las nuevas normas sobre los productos de seguro con un componente de inversión se armonizarán con la normativa relativa a los servicios de inversión. Así, por ejemplo, el proveedor deberá evaluar si los productos que vende son adecuados para los consumidores.

Protección de los consumidores en vacaciones y en el extranjero

  • DERECHOS DE LOS PASAJEROSLa UE es la única zona del mundo donde se han establecido normas mínimas para los derechos de los pasajeros en todos los medios de transporte: transporte aéreo, por ferrocarril, por mar o vías navegables y en autocar.
  • VIAJES COMBINADOS: La legislación de la UE protege los intereses de los consumidores que adquieren viajes combinados al establecer una serie de obligaciones para los organizadores y minoristas, así como determinados derechos específicos de los consumidores entre los que se incluyen el derecho a que solo haya un único responsable de la prestación de todos los servicios; a recibir toda la información necesaria antes de la firma del contrato; a disponer de un punto de contacto que pueda ofrecer asistencia de forma inmediata; a transferir la reserva a otra persona; a recuperar su dinero cuando se modifiquen elementos esenciales del paquete; y a que les ofrezcan soluciones alternativas sin coste alguno si no pueden prestarse los servicios acordados.
  • TIEMPO COMPARTIDOLa legislación de la UE garantiza el derecho de los consumidores que adquieran un inmueble en régimen de tiempo compartido (o productos similares) a recibir información detallada a su debido tiempo antes de quedar vinculados por ningún contrato. Una vez firmado el contrato disponen de 14 días, como mínimo, para desistir y no se les puede exigir el pago de depósitos o anticipos hasta que no transcurra este plazo.
  • ITINERANCIA: Las normas de la UE sobre itinerancia (roaming) han logrado que el coste de usar el teléfono móvil en el extranjero se haya reducido significativamente desde 2007, lo que se ha traducido en un ahorro del 80 % con respecto a los precios de ese año en una serie de servicios de itinerancia móvil (llamadas, mensajes de texto e internet móvil). La UE sigue trabajando para conseguir equiparar las tarifas en todo el territorio de la UE, algo que sucederá en diciembre de 2015.

UNA INFORMACIÓN CLARA Y PRECISA

Proporcionar a los consumidores el acceso a la información necesaria para hacer la elección adecuada es un aspecto esencial de la política de los consumidores. El hecho de disponer de información influye en las decisiones de los consumidores y hace que aumente su confianza al comprar bienes o contratar servicios en otro país de la UE.

  • PRECIOS DE VENTA CLAROSLa normativa de la UE exige que el precio de venta y el precio por unidad de medida (por ejemplo, por kilo) estén claramente indicados y sean fácilmente identificables. Esto permite a los consumidores comparar fácilmente los precios en las tiendas y en internet.
  • INFORMACIÓN PRECISA SOBRE LOS ALIMENTOSLa normativa de la UE también garantiza que los consumidores reciban información exacta sobre la composición y las cualidades nutricionales esenciales de los productos, de forma que sepan qué comen y qué beben. Determinados productos alimenticios, como los alimentos destinados a niños menores de tres años o a usos nutricionales particulares, y determinadas bebidas, como las alcohólicas, están también sujetos a otras normas de la UE.

Las normas de etiquetado también facilitan la identificación de los alimentos ecológicos, los productos de calidad o los alimentos sometidos a procedimientos específicos de elaboración.

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