Biocida es toda sustancia o mezcla, que esté compuesta por, o genere, una o más sustancias activas, con la finalidad de destruir, contrarrestar o neutralizar cualquier organismo nocivo, o de impedir su acción o ejercer sobre él un efecto de control de otro tipo, por cualquier medio que no sea una mera acción física o mecánica.

La mayoría de los biocidas, entre los que se incluyen insecticidas, raticidas, fungicidas, herbicidas, desinfectantes, etc., además de atacar a los organismos nocivos, pueden suponer un peligro para la seguridad y salud humana.

Para garantizar un elevado nivel de protección de la salud y el medio ambiente, la comercialización de estos productos en la Unión Europea, exige con carácter previo a su puesta en el mercado una autorización administrativa según el Reglamento de Biocidas (Reglamento de Productos Biocidas (UE) nº 528/2012 (BPR) que dicta las normas para su comercialización y uso). https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex%3A32012R0528

Al objeto de constatar que en el mercado español los biocidas se ajustan a las condiciones de su autorización y que los tratamientos con estos productos son seguros, desde el punto de vista de la salud pública, se hace necesario establecer un control por parte de las administraciones sobre las empresas del sector que han de censarse en el correspondiente registro.

Con esta finalidad en La Rioja se crea el Registro de Establecimientos y Servicios biocidas (ROESBCAR) por el Decreto 14/2013, de 5 de abril, https://web.larioja.org/normativa?n=1816 en el que deberán estar inscritas las empresas y entidades que fabriquen, formulen, envasen, almacenen y comercialicen biocidas, y que presten servicios de aplicación profesional de los mismos. La inscripción será previa al inicio del desempeño de la actividad de que se trate.

Procedimiento de inscripción en el ROESBCAR:

  1. Se iniciará mediante una solicitud del titular o su representante legal, dirigida al órgano autonómico competente en materia de salud pública. (Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados).
  2. La solicitud irá acompañada de:
    1. Fotocopia del NIF/NIE/CIF de la persona física o jurídica que será titular del registro.
    2. Memoria descriptiva de la actividad donde se detalle el tipo de actividad que se desarrolla.
    3. Acreditación de la capacitación de todo el personal incluyendo la del responsable técnico.
    4. Grupos y tipos de productos biocidas a utilizar.

La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:

El ROESBCAR se estructura en dos secciones:

  • Establecimientos biocidas: para empresas y entidades que fabriquen, envasen, almacenen y comercialicen biocidas. Ver listado
  • Servicios biocidas: para las empresas que apliquen biocidas con carácter corporativo, a terceros o en instalaciones fijas de tratamiento. Ver listado