¿Quién debe registrarse?
Deben registrarse en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) cada uno de los establecimientos de las empresas alimentarias o, en el caso de que éstas no tengan establecimientos, las propias empresas, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Que la sede del establecimiento o la sede o domicilio social de la empresa que no tenga establecimiento esté en La Rioja.
- Que su actividad tenga por objeto:
- Alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano
- Materiales y objetos destinados a estar en contacto con alimentos
- Coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos.
- Que su actividad pueda clasificarse en alguna de las siguientes categorías:
- Producción, transformación, elaboración y/o envasado
- Almacenamiento y/o distribución y/o transporte
- Importación de productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea.
Están excluidos los establecimientos y sus empresas titulares dedicados a la venta al por menor cuya actividad sea la venta o entrega in situ al consumidor final, con o sin reparto a domicilio o a colectividades.
¿Existen diferentes situaciones?
Para su inscripción en el Registro se diferencian dos tipos de establecimientos en función de la naturaleza de los alimentos independientemente de su actividad:
- Aquellos establecimientos que comercializan productos de origen animal, los cuales presentarán una solicitud de inscripción para que se proceda a su autorización por la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- El resto de establecimientos presentarán una comunicación previa al inicio de la actividad como condición única y suficiente para que se tramite la inscripción de las empresas en el Registro y simultáneamente pueden comenzar su actividad, sin perjuicio de los controles que posteriormente se puedan llevar a cabo.
¿Qué documentación hay que aportar?
1.- Para los establecimientos que necesitan autorización previa (los que comercializan productos de origen animal), la solicitud de autorización deberá acompañarse de:
- Fotocopia del NIF/NIE/CIF de la persona física o jurídica que será titular del registro.
- Planos a escala con indicación de los metros cuadrados de cada local, identificando claramente la ubicación de los locales y las diferentes zonas y equipamiento de las instalaciones.
- Memoria descriptiva de las actividades. Exposición detallada del tipo de actividad que se desarrolla, alimentos que se producen, materias primas que se utilizan y la explicación de cada una de las etapas del proceso. (Desde la recepción de materias primas hasta la distribución).
- Compromiso firmado por el operador económico manifestando que en el establecimiento se aplica un sistema de autocontrol y que la documentación se encuentra en el establecimiento a disposición del agente de control oficial correspondiente, o en el caso de no poder firmar este compromiso, declaración responsable de que lo llevará a cabo en un plazo máximo de tres meses.
2.- Para el resto de establecimientos, el proceso del registro comienza con la comunicación de la actividad alimentaria, la comunicación deberá acompañarse de:
- Fotocopia del NIF/NIE/CIF de la persona física o jurídica que será titular del registro.
- Planos a escala con indicación de los metros cuadrados de cada local, identificando claramente la ubicación de los locales y las diferentes zonas y equipamiento de las instalaciones.
- Memoria descriptiva de las actividades. Exposición detallada del tipo de actividad que se desarrolla, alimentos que se producen, materias primas que se utilizan y la explicación de cada una de las etapas del proceso. (Desde la recepción de materias primas hasta la distribución).
Las empresas que se dediquen únicamente a la distribución y/o importación y no tengan ningún establecimiento, no deben presentar planos y la memoria detallará:
- Los productos que se van a importar y/o distribuir,
- Cual es su origen.
- Las características del envasado.
- Las necesidades de condiciones de transporte incluyendo las temperaturas de refrigeración o congelación en caso necesario.
- Cualquier otro dato que sea relevante para la seguridad del alimento.
Asimismo deberán rellenar la declaración responsable para la importación y/o distribución sin depósito de productos alimenticios.
Las empresas que se dediquen únicamente al transporte de alimentos y no tengan ningún establecimiento, no deben presentar planos y la memoria detallará:
- El tipo de alimento que se va a transportar y si se trata o no de alimentos sujetos a temperatura controlada.
- Las características del envasado o gráneles
- El origen (almacén, industria, etc) y el destino de la mercancía (almacén, tiendas, industrias…)
Otras situaciones
Cualquier modificación en los datos registrales (cambio de titular, ampliación o cambio de actividad y baja) significativo en las actividades que se lleven a cabo deberán ser comunicadas por el operador económico a la D.G. de Salud Pública y Consumo.
Cambio de titular
El operador económico deberá presentar fotocopia simple del documento público, oficial (por ejemplo de la administración local) o privado que justifique el cambio de titular, firmado por las dos partes y fotocopia de DNI/CIF/NIE del nuevo titular.
Cambio de domicilio social
El operador económico deberá consignar el nuevo domicilio en la casilla que corresponda en la solicitud normalizada y adjuntar fotocopia del CIF en el caso de personas jurídicas.
Cambio de domicilio industrial
Se presentará la misma documentación que para la inscripción inicial, con excepción de la acreditación de la persona física o jurídica y el trámite será igualmente el mismo.
Cambio y/o ampliación de actividad
Se presentará:
- Memoria descriptiva de la nueva actividad que se realizará en la industria tal y como se establece para la inscripción inicial.
- Planos indicando donde se realizará la nueva actividad.
Cese de actividad
Se concederá con la declaración del titular por la que comunica el cese de actividad.
Bajas
Se presentará una declaración del titular en la que solicite la baja de inscripción. La baja de oficio se producirá mediante resolución debidamente motivada en cualquier momento que lo considere la autoridad sanitaria.
Anotación de almacén
Se anotarán en el registro del establecimiento de producción o transformación, las instalaciones que se dedican al almacenamiento o depósito de productos envasados para uso de la propia empresa, cuando estén situados en esta comunidad autónoma.
Se adjuntará plano de las instalaciones, plano de situación y memoria explicativa.
Otros
Declaración del titular solicitando otros supuestos no previstos en los apartados anteriores.
Tasas
Las previstas en la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de tasas y precios públicos de la CAR.
Más información
O dirigirse a:
Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados
Servicio de Inspección y Consumo
Vara de Rey 8
27071 Logroño
Teléfono 941291819/941291204 Fax 941291712