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El Gobierno aprueba el Decreto de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud

El Gobierno de La Rioja ha aprobado hoy el Decreto de selección de personal estatutario y provisión de plazas y puestos de trabajo del Servicio Riojano de Salud (SERIS), con el objetivo de regular de forma específica el sistema de ingreso, provisión y movilidad de los trabajadores del SERIS.

El Decreto sienta las bases del sistema mediante el cual se accede con carácter fijo a una plaza del Servicio Riojano de Salud y organiza el sistema por el que los trabajadores cambian de puesto en el SERIS.

El presente Decreto desarrolla el Estatuto Marco y reúne en un mismo texto todas las normas y procedimientos en materia de selección y provisión de plazas y puestos, corrigiendo todas aquellas cuestiones que se podían mejorar de las anteriores convocatorias.

Asimismo, el Decreto aglutina todas las normas contempladas en el Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud, que firmó el Gobierno de La Rioja en 2006 con las principales organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial del Servicio Riojano de Salud. Finalmente, adapta la regulación del año 1999 a la realidad del Sistema Público de Salud de La Rioja de hoy en día.

La presente norma, que se compone de 93 artículos, afecta a 4.000 profesionales del Hospital San Pedro, de los centros de salud y consultorios médicos, puntos de atención continuada, y del Centro Asistencial de Albelda de Iregua.

Procedimiento de concurso oposición

El procedimiento más importante que regula el Decreto es el sistema de selección de personal de nuevo ingreso. En ese sentido, el Decreto prioriza el sistema concurso-oposición para seleccionar al personal, con el fin de medir no sólo la capacidad técnica de los aspirantes, sino también su mérito, marcado por la experiencia en el ejercicio de su profesión.

Durante el 2010, optaron a una plaza del Servicio Riojano de Salud 1.442 personas, de las que 196 consiguieron plaza.

Destaca la meticulosidad con la que el Decreto regula los principios que deben configurar los Tribunales de Selección, en los que radica la garantía del respeto a los mandatos legales de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.

En concreto, exige que las personas que componen los tribunales sean profesionales de la Administración o de los Servicios de Salud, que sean especialistas de la categoría que se selecciona, independientes en su criterio, neutrales de cualquier grupo político e imparciales en sus decisiones.

Con el fin de garantizar la idoneidad de los opositores para prestar el servicio, el Decreto permite establecer un periodo de prácticas para aquellas categorías que no requieren título específico.

Concurso de traslados como principal sistema de movilidad

El Decreto establece que el concurso de traslados será el principal sistema de movilidad interna dentro del seno del Servicio Riojano de Salud y también como medio para atraer a profesionales de otros servicios de salud, para que ocupen plazas en nuestra organización. Los concursos de traslados no sólo sirven para que los profesionales se trasladen de una plaza a otra o de un centro a otro, sino que también sirven para que vengan a trabajar al SERIS profesionales procedentes de otros servicios de salud.

En los concursos de traslados celebrados durante 2010, han participado 238 personas, de las que 27 procedían de otros servicios de salud, mientras que 104 personas cambiaron de plaza.

Asimismo, el Decreto tiene en cuenta la atención que merecen las situaciones nuevas de maternidad o paternidad. También contempla el derecho a las provisiones de plaza por motivo de salud, acoso laboral, violencia de género y protección de la maternidad. En este sentido, se posibilita a la Mesa Sectorial del Servicio Riojano de Salud a ampliar estas causas de movilidad, de forma que la Administración esté atenta y responda a las necesidades que, siendo compatibles con los fines sanitarios, permitan avanzar en la responsabilidad social del SRS.

Por otro lado, el Decreto reserva en las convocatorias para selección del personal estatutario fijo un cupo no inferior al 7% de las plazas convocadas para ser cubiertas por personas con discapacidad y, al menos el 50% para la promoción interna. En la Oferta correspondiente a 2009, 87 plazas fueron para promoción interna, mientras que 6 se destinaron a personas con discapacidad.

Este Decreto es el primer texto, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, que da carta de naturaleza a la relación de puestos de trabajo como base para establecer un sistema de provisión de puestos de trabajo.

Asimismo, hace un gran esfuerzo por establecer un sistema objetivo de cambio de puesto de trabajo en cada centro, lo que en el sistema sanitario reviste especial importancia si tenemos en cuenta que el turno de trabajo (por ejemplo, el trabajo nocturno), la planta hospitalaria en la que se trabaja, los desplazamientos son condiciones del trabajo que determinan las preferencias del personal.

En este punto, envía a la negociación colectiva la determinación del procedimiento concreto de movilidad interna en cada centro. Por último, regula la libre designación y el régimen del personal directivo.

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