Las actividades preventivas tienen por objeto eliminar, reducir o controlar periódicamente la fuente de infección.
La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, establece que la prevención tiene por objeto reducir la incidencia y la prevalencia de ciertas enfermedades, lesiones y discapacidades en la población y atenuar o eliminar en la medida de lo posible sus consecuencias negativas mediante políticas acordes con los objetivos de esta ley (artículo 19.1), que las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, impulsarán otras acciones de prevención primaria, como la vacunación (19.2.c), y que el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordará un calendario único de vacunas en España.
Los programas de inmunización tienen como objetivo el control o erradicación de determinadas enfermedades infecciosas para cuya prevención existen vacunas y anticuerpos monoclonales, que se pueden administrar de forma segura y eficaz a la población.
En la cadena epidemiológica la vacunación actúa sobre la población susceptible de enfermar, dando lugar, cuando los niveles de cobertura alcanzados son suficientes para cada enfermedad, a la llamada inmunidad de grupo. Cuando las coberturas de vacunación son bajas, la vacuna solo aporta un beneficio individual y se crean bolsas de susceptibles, que son las responsables del mantenimiento de la transmisión de la enfermedad en la comunidad, y de la aparición de brotes cuando hay un número suficiente de susceptibles. Con coberturas intermedias desaparece el riesgo de brotes epidémicos, y con coberturas elevadas puede llegar a eliminarse la enfermedad.
Las coberturas de inmunización alcanzadas en el Calendario de inmunización a lo largo de toda la vida de La Rioja son muy elevadas. El mantenimiento de estos altos niveles de coberturas es muy importante para evitar la reaparición de casos de enfermedades que en algunas ocasiones se encuentran en fase de erradicación, como es el caso de la poliomielitis.