Índice del artículo

Para los municipios de Calahorra, Logroño (Sectores de Expansión Urbanísticos de El Cubo y El Portillejo), Nájera, Villamediana de Iregua, Lardero,  y Ezcaray

Resolución Número: 157/20008. Expediente: Apertura oficinas de farmacia. Concurso 5 abril 2007. Referencia: FyU.R.M. 5-4-07.  Fecha: 9 abril 2008

Visto el expediente seguido en este Centro Directivo con objeto de autorizar, en procedimientos de concurrencia competitiva, la apertura de nuevas oficinas de farmacia en los municipios de Calahorra (2), Logroño (Sectores de Expansión Urbanísticos de El Cubo y El Portillejo), Nájera, Villamediana de Iregua, Lardero, Ábalos y Ezcaray resulta:

A) ANTECEDENTES DE HECHO

1º.- Mediante convocatoria de fecha 5 de abril de 2007 (corregida el 24 de abril de 2007, en virtud de la corrección de errores sobre la Resolución de 4 de abril de 2007, B.O.R. nº 44 de 5 de abril de 2007 y B.O.R. Nº 55 de 24 de abril de 2007) y como presupuesto del expediente mencionado, se especificó el comienzo de los procedimientos por el sistema de concurso previsto en el Decreto 15/2007, de 30 de marzo, que regula el procedimiento para la autorización de nuevas oficinas de farmacia.   La convocatoria detallaba que la instalación de las oficinas de farmacia se realizaría en los municipios de Calahorra (dos farmacias), Logroño (Sectores de Expansión Urbanísticos de El Cubo y El Portillejo), Nájera, Villamediana de Iregua, Lardero, Ábalos y Ezcaray. La convocatoria también detallaba la forma de proceder de los interesados, las bases por las que se regiría el concurso así como el plazo de admisión de solicitudes.

2º.- La Resolución Nº 530/2007 del Consejero de Salud, de 20 de agosto de 2007,  aceptó el recurso de alzada interpuesto por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de La Rioja contra la apertura de oficina de farmacia en el municipio de Ábalos, por lo que dicha farmacia quedaba excluida de las convocadas en el procedimiento único de apertura.

3º.-Informe de la Dirección General de los Servicios Jurídicos del Gobierno de La Rioja de 28 de diciembre de 2007 sobre solicitud de información adicional relativa a los méritos profesionales.

4º.- D. Rafael Porres Andrés, farmacéutico situado en la séptima posición de la lista de resultados definitiva, presentó el día 17 de marzo de 2007, dentro del plazo de reclamaciones que establece el artículo 12.2. del Decreto 15/2007, de 30 de marzo, un escrito en el que renunciaba parcialmente a dos de las farmacias a las que había optado inicialmente, las de los sectores de expansión urbanísticos de “El Cubo y El Portillejo” del municipio de Logroño. Dicha renuncia fue aceptada mediante resolución Nº 150, de 3 abril de 2007, de la Directora General de Aseguramiento, Acreditación y Prestaciones por considerar que ni es contraria al ordenamiento jurídico ni al orden público, ni lesiona los derechos de terceros interesados.

5º.- Con fecha 3 de abril se ha dado traslado a este órgano una Propuesta de Resolución elaborada por la comisión de valoración, que contiene la relación de los solicitantes por orden de puntuación y el nombre de los adjudicatarios, así como los actos de instrucción realizados con el resultado que obra en el expediente.

B) FUNDAMENTOS DE DERECHO

1º.- Este Centro Directivo es el órgano competente para resolver los procedimientos, desarrollados en régimen de concurrencia competitiva, de autorización de oficinas de farmacia, en virtud de las previsiones contenidas en el artículo 14 del Decreto 15/2007, de 30 de marzo.

2º.- En los procedimientos seguidos se han observado los principios de concurrencia competitiva, transparencia, mérito y capacidad que informan la autorización de nuevas oficinas de farmacia; asimismo se han cumplido todos los trámites establecidos: acto de convocatoria, admisión de solicitudes, nombramiento de la comisión de valoración, celebración de prueba escrita voluntaria, trámite de audiencia y Propuesta de Resolución elaborada por la comisión. En la citada Propuesta de Resolución, que contiene la relación de los solicitantes por orden de puntuación y el nombre de los adjudicatarios de las distintas oficinas de farmacia, la valoración se ha efectuado conforme al artículo 15 y al baremo contenido en el Anexo del Decreto 15/2007, de 30 de marzo, y según los criterios establecidos por la comisión de valoración en las 45 actas aprobadas por la misma, que constan en el expediente. La Propuesta de Resolución se emite tras considerar las reclamaciones efectuadas por 11 de los solicitantes del concurso en el trámite de audiencia de 5 días de duración, posterior a la lista provisional de puntuaciones. Las alegaciones efectuadas por los interesados  han sido consideradas y ponderadas por la comisión de valoración en la forma que consta en el Acta Nº 45, de fecha 01 de abril de 2008, que consta en el expediente y que es admitida por este Centro Directivo.

3º.- Procede, por tanto, aprobar la relación definitiva de los solicitantes conforme a su puntuación, así como adjudicar las nuevas oficinas de farmacia a los farmacéuticos que han obtenido la mayor puntuación en cada una de las farmacias a las que optaron, según el orden de preferencia manifestado por cada uno de ellos, de acuerdo a la Propuesta, condicionándose tal adjudicación al cumplimiento del resto de los requisitos contemplados en el Decreto 15/2007, de 30 de marzo.

VISTOS los antecedentes mencionados, la Propuesta de Resolución de la comisión de valoración, el artículo 14 del Decreto 15/2007, de 30 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la autorización nuevas oficinas de farmacia y de acuerdo con lo prevenido en el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 24 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, procede dictar la siguiente