El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publica en su edición el Decreto por el que se regula el registro de organizaciones de consumidores de La Rioja.

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publica en su edición el Decreto por el que se regula el registro de organizaciones de consumidores de La Rioja y, en cuya elaboración se ha consultado a las entidades más representativas del sector implicado y al Consejo Riojano de Consumo.

Este Registro se creó en 1990 con el objetivo de racionalizar las relaciones y facilitar la colaboración entre los consumidores, a través de sus asociaciones y cooperativas, y la Administración, para lograr una mayor eficacia en la protección de los intereses de los consumidores.

En la Ley 5/2013, de 12 de abril, para la Defensa de los Consumidores en la Comunidad Autónoma de La Rioja, se establece como requisito indispensable para el ejercicio de los derechos reconocidos en ella, la inscripción en el Registro. Esta Ley incorporaba una regulación más amplia en materia de asociaciones de consumidores por lo que se hace necesario actualizar el régimen del Registro para dotarlo de una mayor racionalidad y eficacia en su funcionamiento, estableciendo de forma clara y detallada el procedimiento de inscripción y baja en el mismo, así como los requisitos y obligaciones que deben cumplir las organizaciones que se integran en él.

En concreto, podrán inscribirse en el Registro las asociaciones de consumidores con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Para inscribirse las asociaciones interesadas presentarán una solicitud firmada por su representante legal. La solicitud se formalizara en el modelo de Instancia General y se presentará de forma telemática o presencial.